Pautas de receta del programa de asistencia con medicamentos contra el SIDA (programa ADAP de asistencia con medicamentos)

Los fármacos provistos a través del programa ADAP de asistencia con medicamentos NO DEBERÁN exceder una prestación máxima de $2,000 al mes y DEBERÁN recetarse de acuerdo con estas pautas. Podrán revisarse las pautas de receta en función de las recomendaciones que el consejo asesor en materia médica de ADAP presente ante el Departamento de Salud Pública de Illinois (IDPH, por sus siglas en inglés).

Según las pautas de receta del programa ADAP de asistencia con medicamentos, determinados medicamentos requieren autorización previa por parte del programa. Favor de hacer clic sobre los enlaces siguientes para obtener el formulario de autorización previa del programa ADAP de asistencia con medicamentos para el inicio (no la continuación) del tratamiento con estos fármacos: enfurvirtida (Fuzeon)clorhidrato de valganciclovir (Valcyte)atovacuona (Mepron) y/o terapia hormonal. Envíe por fax el formulario llenado y la documentación al programa ADAP de asistencia con medicamentos de Illinois: 217-785-8013.

CATEGORÍA I

  • Las terapias antirretrovirales de la Categoría I deberán recetarse de acuerdo con las más recientes pautas del Servicio de Salud Pública (PHS, por sus siglas en inglés). Puede consultarlas aquí: http://aidsinfo.nih.gov/contentfiles/AdultandAdolescentGL.pdf (disponible solamente en inglés)

  • Se considerarán todas las terapias antirretrovirales de reciente aprobación por la Administración de Drogas y Alimentos (FDA, por sus siglas en inglés) para su inclusión en la lista de medicamentos autorizados, si bien:
    1. No podrán recetarse más de cinco (5) fármacos* de la Categoría I (y Fuzeon) de forma simultánea (podrán administrarse simultáneamente un máximo de dos inhibidores de proteasa, o bien un inhibidor de proteasa y un inhibidor no nucleósido de la transcriptasa inversa [NNRTI, por sus siglas en inglés]), salvo que se cuente con aprobación previa por parte del programa ADAP de asistencia con medicamentos. No se admiten excepciones a esta pauta de receta, salvo que se podrán recetar dosis reducidas de ritonavir (Norvir) como potenciador farmacocinético (FC), y
    2. Todo cambio en las terapias de la Categoría I requerirá que se envíe una orden de suspensión de la antigua receta, por correo postal o por fax, a la farmacia CVS Caremark antes de que se pueda surtir el nuevo pedido.
      * Combivir, Truvada y Epzicom son combinaciones de dosis fija y se los considera dos (2) fármacos a efectos de pedido.
      * Trizivir y Atripla son combinaciones de dosis fija de 3 medicamentos y se los considera tres (3) fármacos a efectos de pedido.
      * Kaletra contiene Norvir en dosis reducidas y se lo considera un fármaco más un potenciador FC a efectos de pedido.
  • Deberá realizarse un ensayo de tropismo de los correceptores del VIH (CCR5 y/o CXCR4) antes de recetar Selzentry.

CATEGORÍA II

  • Las recetas de atovacuona (Mepron) requerirán autorización previa en cada una de las siguientes situaciones: 1) el uso por más de 21 días, 2) el uso profiláctico (en lugar de terapéutico), o 3) cuando se extienda más de una receta al año a un paciente que no cuente con autorización para el uso profiláctico de atovacuona. Haga clic aquí para obtener el formulario de autorización previa para atovacuona (Mepron), que deberá llenar y enviar por fax al programa ADAP de asistencia con medicamentos de Illinois: 217-785-8013.
  • ritonavir (Norvir): se surtirán tabletas salvo que el recetador requiera otro tipo de preparados debido a problemas de tolerancia. El programa ADAP de asistencia con medicamentos podría requerir autorización previa para otro tipo de preparados.

CATEGORÍA V

  • enfurvirtida (Fuzeon): requiere una solicitud de autorización previa por separado. Haga clic aquí para obtener el formulario de autorización previa para enfurvirtida (Fuzeon), que deberá llenar y enviar por fax al programa ADAP de asistencia con medicamentos de Illinois: 217-785-8013. Desde 2010 también se requiere una nueva aprobación para todas las recetas actuales. La elegibilidad está basada en criterios médicos y se establece un límite máximo de 15 clientes. La aprobación previa por parte de IDPH se enviará por fax, en formato de archivo electrónico, a la farmacia a efectos de autorización. Fuzeon se considera uno de los cinco (5) fármacos junto a los que integran la Categoría I.
  • valganciclovir (Valcyte), solo para administración oral: se establece un límite máximo de 35 clientes simultáneos. Haga clic aquí para obtener el formulario de autorización previa para valganciclovir (Valcyte), que deberá llenar y enviar por fax al programa ADAP de asistencia con medicamentos de Illinois: 217-785-8013.
  • atovacuona (Mepron): ver notas bajo la Categoría II.
  • Ni enfurvirtida (Fuzeon) ni valganciclovir (Valcyte) se consideran dentro de la prestación máxima de $2,000.

OTRAS PAUTAS GENERALES

  • Todas las recetas extendidas para medicamentos multiorigen (fármacos disponibles bajo nombre de marca y que son equivalentes o superiores a un preparado genérico) serán surtidas con la opción de más bajo costo disponible. El uso de fármacos con nombre de marca en la lista de medicamentos autorizados de ADAP tiene solamente fines informativos.

  • Para la cobertura bajo el programa ADAP de asistencia con medicamentos, las recetas extendidas para medicamentos multiorigen deberán indicar “product substitution permitted” (se permite la sustitución del producto) para garantizar que el programa ADAP de asistencia con medicamentos pueda aplicar plenamente su responsabilidad fiscal a través de la farmacia que las surte. Además, este procedimiento reducirá el número de llamadas de verificación a los recetadores por parte de la farmacia que surte los fármacos.
  • Toda receta deberá indicar que puede resurtirse no más de 3 veces. Posteriormente se requerirá que el cliente acuda a su proveedor de atención del VIH antes de que se pueda extender una nueva receta.
  • Todos los formularios de aprobación previa pueden obtenerse del sitio web de IDPH (www.idph.state.il.us) para todas las recetas que requieran dicha aprobación.

Línea directa ADAP asistencia con medicamentos/Asistencia con primas:

800-825-3518